Gobierno

Congreso de Tabasco aprueba la Ley Olimpia

En el Código Penal para el Estado de Tabasco, la tipificación de violencia a la intimidad sexual plantea una pena de tres a seis años de prisión y de quinientos a mil días de multa.

Los integrantes del Congreso de Tabasco aprobaron la Ley Olimpia, una serie de reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal.

De acuerdo al medio El Financiero, el dictamen emitido destaca que las referidas modificaciones tipifican la violencia a la intimidad sexual ejercida a través de las tecnologías de la información y comunicación, conductas que dañan la moral, emocional y psicológica de las mujeres.

Gracias a esta propuesta del gobernador Carlos Manuel Merino Campos, se reconoce la violencia digital y se sancionan los delitos que transgredan la intimidad sexual de las personas tales como:

  • Acoso
  • Hostigamiento
  • Amenazas
  • Insultos
  • Mensajes de odio
  • Vulneración de datos o información privada difundida a través de medios digitales
  • Conducta también conocida como ciberviolencia
  • Actos donde se emplee cualquier medio de comunicación para difundir de manera directa o indirecta
  • Estereotipos sexistas
  • Apología de la violencia contra las mujeres y las niñas
  • Se produzca o permita la difusión de discursos de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres.

Por otro lado, se establecerá que se comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta; distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.

El responsable de dicha conducta será quien videograbe; audiograbe; fotografíe; imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento.

Con información de El Financiero.

 

Redacción

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