Si tu participación en la revocación de mandato fue quedarte sin participar de esta, cuidado porque Pablo Gómez, titular de la UIF (Unidad de Inteligencia Financiera) afirmó que podría ser motivo de sanción.
En su cuenta de Twitter interpretó el artículo 36, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se establece la obligatoriedad de ir a votar en los procesos de revocación de mandato.
En este entendido, la sanción por no participar en este ejercicio democrático es, según la Constitución, algunos derechos ciudadanos tales como:
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