La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que comenzará a notificar embargos a través del buzón tributario. Esto, aplicará a partir del próximo año y explicó que los deudores serán avisados de procesos de embargo a través de mensajes electrónicos. Ante ésto, el contribuyente contará con un plazo de 3 días para manifestarse, de lo contrario el SAT podrá proceder legalmente.
El Servicio de Administración Tributaria ahora enviará notificaciones de embargo a través del buzón tributario de contribuyentes deudores. De esta forma, el organismo estará armado legalmente para embargar depósitos bancarios, ahorros, inversiones en seguros, acciones, bonos, bienes inmuebles y muebles, y más.
Ante esto, el SAT informó que cualquier persona con obligación fiscal podrá ser sujeto de embargos fiscales. Además, recomendó revisar notificaciones que puedan llegar a través de la cuenta de correo electrónico ligada al buzón tributario del contribuyente.
“Para continuar con el fortalecimiento del buzón tributario como medio de comunicación primordial entre la autoridad fiscal y el contribuyente, se adicionará un artículo 151 Bis al Código Fiscal, a fin de facultar a la autoridad fiscal para que, tratándose de créditos exigibles, se lleve a cabo el embargo de bienes que, por su naturaleza, puede ser realizado a través de ese medio”, informó el órgano desconcentrado.
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