La Suprema Corte ha prohibido a los partidos políticos hacer cualquier tipo de difusión sobre la consulta para la revocación de mandato.
En sesión del Pleno, la Suprema Corte dijo que ningún partido político podrá hacer promoción o difusión sobre la consulta por considerar
que esta tarea es exclusiva del Instituto Nacional Electoral (INE).
Por otro lado, los ministros determinaron que los institutos políticos sí podrán contar con representantes de casillas durante la jornada de votación.
Con ocho votos a favor, los ministros rechazaron la propuesta que establecía que los partidos podrían promover la participación ciudadana
en la revocación siempre que evitaran utilizar recursos del financiamiento público y privado.
Los integrantes de la Corte consideraron que la disposición contravenía al artículo 35 de la Constitución que señala que:
“el INE y los organismos públicos locales, según corresponda, promoverán la participación ciudadana y serán la única instancia a cargo de la difusión de los mismos”.
De acuerdo con la Ley de Revocación de Mandato, durante la campaña de difusión, el INE promoverá la consulta a través de los tiempos en radio y televisión que corresponden a la autoridad electoral.
La promoción deberá ser “objetiva, imparcial y con fines informativos”. Además, de ninguna manera podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, a favor o en contra de la revocación de mandato.
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