El Senado de la República aprobó una reforma que tipifica hasta con 45 años de cárcel a los funcionarios, empresas o personas que alteren pruebas contra COVID-19. Se trata de la reforma al Artículo 464 de la Ley General de Salud para evitar que las vacunas sean comercializadas. Del...
octubre 1, 2021El Senado de la República aprobó una reforma que tipifica hasta con 45 años de cárcel a los funcionarios, empresas o personas que alteren pruebas contra COVID-19. Se trata de la reforma al Artículo 464 de la Ley General de Salud para evitar que las vacunas sean comercializadas. Del mismo modo, se intenta contrarrestar la falsificación de pruebas o alteración de medicamentos para tratar la COVID-19.
La senadora Nancy de la Sierra destacó en entrevista la importancia de estas reformas frente a los diversos casos de intentos de comercialización de vacunas. Sentenció que estas prácticas atentan contra la salud y que es un delito intentar lucrar con vacunas que no están autorizadas por la Cofepris. También señaló que se han registrado casos de comercialización ilegal de productos falsificados de Ivermectina e Ivermin.
La reforma señala que será encarcelado quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita estas prácticas con medicamentos. También será castigado quien, sin registro, venda fármacos, materias primas o aditivos, o sus envases finales para uso o consumo humanos. A los sujetos de delito se le aplicará una pena de tres a 15 años de prisión y multa de 50 mil a 100 mil veces la Unidad de Medida y Actualización.
La pena máxima anterior se triplicará cuando el delito sea cometido por un funcionario público.
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— Canal del Congreso (@CanalCongreso) September 30, 2021